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Instalación de placas solares, ¿qué dice el CTE?

La instalación de placas solares en las viviendas debe cumplir los parámetros que dicta la ley estatal, que se enmarca en el Código Técnico de Edificación (CTE), con el que se garantiza que todas estas estructuras están sometidas a un control exhaustivo para su correcto funcionamiento y mantenimiento.



Qué es el CTE

El Código Técnico de la Edificación es la normativa en la que se enumeran las exigencias que deben cumplir los edificios en cuanto a seguridad (estructural, contra incendios y de utilización) y habitabilidad (salubridad, protección frente al ruido y ahorro de energía), establecidos en la Ley 38/1999 de 5 de noviembre, de Ordenación de la Edificación (LOE). El objetivo es mejorar la calidad de los edificios, la protección del usuario y potenciar el desarrollo sostenible.


Uno de los aspectos clave es que en el CTE se especifica que los edificios dispondrán de sistemas de generación de energía eléctrica procedente de fuentes renovables para uso propio o suministro a la red.


Dentro de las normativas de ahorro de energía se incluyen todas las referidas a la instalación de placas solares, indispensables para que la energía fotovoltaica sea eficiente y segura, con el fin de que el usuario tenga el sistema que busca para su vivienda.


Esta norma requiere también la obligación de actualizar y revisar los requisitos mínimos de eficiencia energética para así adaptarse a los parámetros más novedosos del sector de la construcción. Se establece por tanto un Documento Básico de Ahorro de Energía como guía para el cumplimiento del CTE.

Documento Básico de Ahorro de Energía (DB-HE)


El Código Técnico de Edificación incluye el Documento Básico de Ahorro de Energía (DB-HE) para detallar las exigencias que deben cumplir los edificios en cuanto a eficiencia energética. El objetivo es que puedan garantizar el uso de la electricidad fotovoltaica de una forma racional, reduciendo el impacto ambiental y buscando, además, reducir la dependencia energética de la vivienda.


Son varios los aspectos a tener en cuenta dentro del DB-HE en los que las placas solares son la principal fuente energética:

  • Parte del consumo de energía tiene que proceder de una fuente renovable, siendo la fotovoltaica la más factible por su eficiencia y facilidad para su instalación en todo tipo de viviendas. Se establece además un límite para las no renovables.

  • Los edificios tienen que tener una envolvente térmica en todos los cerramientos, desde fachadas hasta suelos y cubiertas, con el objetivo de reducir la dependencia de las fuentes de energía.

  • Tanto el agua caliente sanitaria (ACS) como la climatización de piscinas cubiertas tienen que estar alimentadas con energías renovables en un mínimo del 60 %.


Aplicación del Documento Básico de Ahorro de Energía


Las normativas que incluyen el Documento Básico de Ahorro de Energía son de obligado cumplimiento en la construcción de edificios nuevos, por lo que tienen que estar perfectamente estudiadas y planificadas antes de la ejecución de la vivienda. Estos criterios son más flexibles en las viviendas que son rehabilitadas o ampliadas, para así facilitar las reformas y la aplicación de las instalaciones fotovoltaicas.


El CTE excluye los edificios que hayan sido utilizados un plazo inferior a dos años, además de los que tienen una protección oficial y los que poseen bajas necesidades energéticas debido a su especial uso.


En todo caso, si no se puede alcanzar la potencia mínima a instalar, se deberá justificar esta imposibilidad, analizando las distintas alternativas, y se adoptará la solución que alcance la máxima potencia instalada posible, según se establece en el propio Código Técnico de Edificación.

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